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Código Penal del Talibán en Afganistán legaliza violencia doméstica y subordinación de mujeres

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El régimen de los talibanes en Afganistán aprobó y promulgó un nuevo código penal que ha provocado condenas de organizaciones por derechos humanos y gobiernos extranjeros al institucionalizar disposiciones que reducen la protección de mujeres y niños frente a la violencia intrafamiliar y formalizan prácticas discriminatorias en el sistema judicial. La normativa, conocida oficialmente como De Mahakumu Jazaai Osulnama, fue firmada por el líder supremo del movimiento, Hibatullah Akhundzada, y distribuida entre los tribunales talibanes para su aplicación en todo el país. 

El texto legal redefine la tipificación de la violencia doméstica, eliminando prácticamente la persecución automática de estos delitos por parte del Estado y reconociendo sanciones mínimas que contrastan con los principios internacionales de derechos humanos. En su articulado, el código establece que un esposo solo puede ser sancionado con hasta 15 días de prisión si la agresión a su esposa resulta en lesiones graves visibles y la víctima logra demostrar ante un tribunal la existencia de fracturas, heridas o moretones, un requisito que en la práctica resulta difícil de cumplir dada la situación de las mujeres bajo la jurisdicción talibán. Los casos en que no existan lesiones visibles, así como la violencia psicológica o sexual, quedan fuera del alcance penal. 

Además de las disposiciones relativas a la violencia intrafamiliar, el nuevo código penal introduce un sistema de jerarquías sociales que influye en la aplicación de la justicia. La normativa clasifica a la población en distintos grupos —incluyendo clérigos religiosos, élite, clase media y clase baja— y establece sanciones diferenciadas según esa posición social, lo que críticos han descrito como un sistema de castas que otorga privilegios y minimiza responsabilidades legales a las clases dominantes. Estas categorías también parecen colocar a las mujeres en una posición jurídica inferior, con derechos reconocidos de manera limitada frente a hombres y a figuras de autoridad religiosa. 

El artículo 32 del código elimina la definición de violencia intrafamiliar como delito perseguible de oficio por las autoridades, permitiendo que agresores justifiquen actos de violencia bajo pretextos de “corrección” disciplinaria o moral. El mismo cuerpo normativo contempla castigos para mujeres por simples actos como visitar a su familia sin permiso del marido, sancionando esa conducta con penas de hasta tres meses de prisión. Estas restricciones se suman a un marco ya marcado por la supresión de múltiples derechos de las mujeres desde que el Talibán retomó el control del país en 2021, incluida la prohibición educativa y laboral para mujeres adultas y la eliminación de mecanismos de protección civil. 

Organizaciones internacionales y defensores de derechos humanos han denunciado que el nuevo código no solo legaliza de facto la violencia doméstica, sino que también erosiona principios fundamentales como la igualdad ante la ley, la dignidad humana y la protección universal contra la discriminación de género. La obligación de que las mujeres que denuncien agresiones comparezcan en tribunales acompañadas de un guardián masculino y las severas barreras prácticas para acceder a la justicia agravan aún más la vulnerabilidad de las víctimas en un contexto donde las libertades civiles ya se encuentran restringidas. 

La aprobación y entrada en vigor de este código penal ha motivado reacciones críticas a nivel internacional y ha reforzado las preocupaciones sobre el retroceso de los derechos humanos en Afganistán, particularmente en lo que respecta a la protección de mujeres y niñas frente a la violencia y la discriminación sistemática. 

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