Mérida, Yucatán a 25 de mayo de
2016.- La autoridad judicial emitió auto de apertura a juicio oral, después del
debate en la audiencia intermedia celebrada este día en el Centro de Justicia
Oral de Mérida.
La audiencia intermedia tiene el
objetivo de admitir y excluir los medios de prueba ofertados por las partes y
que serán desahogados en la audiencia de juicio oral ante un tribunal, quien
las apreciará de viva voz para determinar la culpabilidad o no culpabilidad de
los acusados.
Dicha audiencia fue presidida por
el juez de control del primer distrito judicial del sistema penal acusatorio y
oral del Poder Judicial del Estado, Luis Edwin Mugarte Guerrero.
Después de escuchar y acabado el
debate sobre los medios de prueba, el juez Mugarte Guerrero emitió el auto de
apertura a juicio oral en el que se estableció la acusación realizada por los
fiscales, así como las circunstancias específicas en este caso son la ventaja,
la premeditación y la alevosía.
De la misma manera se estableció
que la participación de los hoy acusados es como co autores materiales y
directos de los delitos homicidio calificado y robo calificado, así como
también, la parte acusadora pidió que el pago a la reparación del daño sea
cuantificado por el Tribunal de juicio oral,. La asesora jurídica se adhirió a
la acusación.
Los fiscales para poder comprobar
su teoría del caso ofrecieron 13 testimoniales, 12 periciales, cuatro
documentales y cinco pruebas materiales y en caso de un fallo condenatorio
ofrecieron seis testimoniales para la audiencia de determinación de la pena y
reparación del daño.
Cabe mencionar que la determinación
de penas y medidas de seguridad es una audiencia que se realiza cuando se da un
fallo condenatorio, en ella se desahogan medios de prueba con la finalidad de
establecer el grado de culpabilidad de los acusados,
Las defensas de ambos acusados
optaron por no contestar la acusación y ofrecieron medios de prueba, siendo que
una de ellas ofertó una testimonial, una pericial, dos documentales, cuatro
materiales y en caso de un fallo condenatorio tres testimoniales para la
audiencia de determinación de penas. La defensa del segundo acusado ofertó dos
testimoniales, una pericial dos documentales y para la determinación de penas
tres testimoniales.
El auto de apertura a juicio oral,
una vez que quede firme, es decir, no exista algún recurso de apelación, será
enviado al Tribunal de juicio oral en turno quien se encargará de conocer del
caso y valorar lo medios ofrecidos.


