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Acción de inconstitucionalidad 6/98, una anécdota

Uuc-kib Espadas Ancona
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En el actual debate en torno a la sobrerrepresentación legislativa se ha venido mencionando la sentencia emitida por la Corte en la acción de inconstitucionalidad 6/98. No puedo sino recordar como se generó ese proceso jurisdiccional.

​Durante la segunda mitad de los noventas tuve una activa participación en la política partidista de Quintana Roo. Junto con otros perredistas, en 1995 participé en las negociaciones de la nueva ley electoral. En ella obtuvimos significativos avances, especialmente en materia de representación proporcional. Logramos establecer la limitación de la sobrerrepresentación al 8%, que ya se discutía para el nivel federal, meses antes de la reforma constitucional de 1996. En consecuencia, cuando en 1998 una nueva reforma intentó, entre otras cosas, restablecer la cláusula de gobernabilidad, Julio César Lara, entonces presidente del PRD en el estado, Tomás Contreras, junto con otros integrantes de la dirección estatal y el que suscribe, decidimos poner a prueba el entonces aún nuevo mecanismo de la acción de inconstitucionalidad.

​Con la precariedad económica del PRD estatal de aquellos tiempos, y la libertad de decisión local de que disponíamos (El CEN, básicamente, no nos hacía caso. No ponía ni atención ni objeción a nuestras acciones, probablemente por nuestra baja votación), se me delegó la elaboración de la demanda y me correspondió cubrir los gastos operativos del caso, es decir, un viaje aéreo. De honorarios por supuesto ni se habló, en aquellos años el trato entre muchos viejos militantes de la izquierda no incluía nada por el estilo. Días antes del vencimiento del plazo legal, con el auxilio en la parte procesal de Juan Zúñiga, la demanda quedó concluida. Ahora sí había que sumar a nuestra libertad de acción el aval de la dirección nacional, pues sin la firma del presidente del partido, el proceso no podía iniciarse ante la Corte.

​Con un boleto obtenido de gorra, no recuerdo si de Abraham Bagdadi o de Martín Castillo, pero probablemente no a mi nombre, llegué, corriendo contra el vencimiento del término, al Distrito Federal.

​La asesoría jurídica del PRD en la representación ante el IFE se mostró escéptica de nuestro reclamo. Era inviable, opinaron, pues no contenía una argumentación jurídica sólida, sustentada en leyes y precedentes judiciales, sino fundamentalmente una argumentación de teoría política, impropia para ser tomada en serio por los ministros. La insistencia pudo más que la resistencia y, sin ningún entusiasmo, se nos dio ese primer aval para interponer el reclamo.

​La segunda garita fue la asesoría jurídica de la presidencia del partido. El responsable encontró nuestra argumentación interesante, aunque su pronóstico sobre el resultado final fue el mismo: la Corte lo desecharía. Sin embargo, como no había nada que perder, lo autorizó y me instruyó para llevarlo a firmar por Andrés Manuel López Obrador, que en esos momentos presidía una reunión del CEN, y quien procedió sin prestar atención a los detalles, más allá de la rápida información que su asesor le dio sobre el asunto en pocos segundos. Era el viernes 7 de agosto y nuestro plazo vencía al día siguiente.

​El sábado, temprano, pero sin abusar, me dirigí al domicilio particular del secretario de guardia de la Corte -que no sé dónde averiguo Juan- donde al preguntar por él me dio un vuelco el corazón. El hombre no estaba en la ciudad. Su cuñada, sin embargo, me dijo que tenía instrucciones de recibir documentos por él en caso de necesidad. Minutos después, muy intranquilo, me retiraba del lugar con la firma, muy formal, de una señora que no cumplía función ninguna dentro del poder judicial. El lunes, angustiado, acudí a la Corte para averiguar la suerte que había corrido mi demanda. Nadie sabía, pero alguien, muy amablemente, me dijo que, si la había yo dejado en casa del secretario, no me preocupara, que se procesaría adecuadamente. Me retiré por supuesto muy preocupado.

​No supe más. Mi ya para entonces larga experiencia como litigante electoral, que empezó en 1981, se había concretado a lograr la nulidad de casillas y de alguna elección municipal y era, como hasta hoy, totalmente ajeno a las prácticas, usos y costumbres del aparato judicial. (Pocos años después supe que, por disposición legal, hubiera podido presentar la demanda tranquilamente el lunes, ahorrándome el fin de semana de ajetreos y días de angustia. Es el día que no dejo de reclamárselo a Juan, que sí es abogado). Dejé el asunto en paz.

​El 24 de septiembre, finalmente, estando yo en Campeche, recibí, no recuerdo bien cómo, creo que de la representación ante el IFE, el aviso de que habíamos ganado. La Suprema Corte de Justicia de la Nación nos había dado la razón en las partes más importantes de la demanda, destacadamente declarando la inconstitucionalidad de la cláusula de gobernabilidad. El esfuerzo militante, a la antigüita, lograba un importante éxito.

​Ese día, y no pocos posteriores, creí en la justicia electoral. No sin reservas.

*Consejero Nacional del INE

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