El Segundo Tribunal Colegiado de Circuito determinó que no hubo agravios hacia la empresa Calica —filial de la estadounidense Vulcan Materials Company— como consecuencia de la clausura de sus terrenos ordenada tras una instrucción del expresidente Andrés Manuel López Obrador.
Calica había solicitado la nulidad de las clausuras impuestas por la PROFEPA en mayo de 2022, argumentando que la orden —emitida durante una conferencia matutina— constituyó un acto de autoridad con efectos jurídicos que violó sus derechos al no haber sido formalizada por escrito.
Sin embargo, los magistrados desestimaron el reclamo al señalar que “no se encuentra acreditado diverso procedimiento administrativo en que se haya ordenado la clausura y/o suspensión y/o cancelación y/o revocación de la operación del proyecto (…) que se considere como una consecuencia inmediata y necesaria de la orden verbal emitida por el Presidente de la República”.
La superficie clausurada alcanza aproximadamente dos mil 200 hectáreas, ubicadas al sur de Playa del Carmen, en Quintana Roo —zonas donde la empresa realizaba extracción de material pétreo.
Con ello, la resolución del tribunal federal cierra la demanda de amparo de Calica contra la administración de López Obrador, avalando la medida de clausura aplicada en 2022.


