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Corte Interamericana de Derechos Humanos condena al Estado mexicano por violación, tortura y muerte de Ernestina Ascencio Rosario

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) emitió una sentencia en la que condena al Estado mexicano por responsabilidad internacional en el caso de Ernestina Ascencio Rosario, una mujer indígena de 73 años que fue víctima de violencia sexual por parte de miembros del Ejército mexicano en 2007 y falleció posteriormente por las lesiones y la falta de atención médica adecuada. La sentencia, dada a conocer el 16 de diciembre de 2025, ordena al Estado mexicano implementar una serie de medidas de reparación que incluyen la realización de una investigación penal exhaustiva para identificar, procesar y sancionar a los responsables, así como un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, entre otras acciones orientadas a garantizar justicia y no repetición. 

El caso se remonta a febrero de 2007, cuando Ascencio Rosario, originaria de la sierra de Zongolica en el estado de Veracruz y perteneciente a la comunidad indígena nahua, fue víctima de violación sexual por parte de elementos del Ejército mexicano mientras pastoreaba en la comunidad de Tetlatzinga, en el municipio de Soledad Atzompa. Su familia encontró a la mujer en condiciones físicas graves y la llevó al Hospital Regional de Río Blanco, donde transcurrieron más de diez horas sin que se contara con traductores ni atención en condiciones de igualdad, lo que agravó su estado de salud y resultó en su muerte la madrugada del 26 de febrero de ese año. 

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó el caso ante la Corte el 11 de junio de 2023 bajo el expediente 13.425, alegando que la agresión sexual constituyó tortura y una grave violación a los derechos humanos de la señora Ascencio Rosario y que la falta de atención médica oportuna contribuyó a su muerte, además de señalar que la investigación del caso estuvo plagada de irregularidades, discriminación y ausencia de justicia. La CIDH destacó la situación particularmente grave dada la edad avanzada de la víctima, la pluralidad de agresores y la participación de agentes estatales, así como la ausencia de traductores que permitieran a la víctima acceder a una atención médica adecuada. 

En su resolución, la Corte-IDH concluyó que el Estado mexicano incumplió sus obligaciones al no garantizar atención médica oportuna y adecuada y al no conducir una investigación diligente que incorporara perspectivas de género, étnicas y etarias, esenciales en casos de violencia sexual contra mujeres indígenas mayores en contextos de militarización. El fallo también destacó que la investigación original fue cerrada prematuramente sin agotar las líneas de investigación necesarias y se basó en estereotipos de género, etnia y edad que obstaculizaron el acceso efectivo a la justicia para la familia de la víctima. 

La Corte determinó que México violó varios derechos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, incluidos los derechos a la vida, integridad personal, garantías judiciales, igualdad ante la ley, protección judicial y salud, así como obligaciones contenidas en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará) y la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, en perjuicio de la señora Ascencio Rosario. 

Las medidas de reparación ordenadas por la Corte incluyen no solo la investigación penal y sanciones correspondientes, sino también el fortalecimiento del Centro de Atención Especializada de Soledad Atzompa, la creación de un Registro Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas para los sistemas de salud y justicia, la implementación de programas de formación para funcionarios públicos, y la prestación de tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico a los familiares de la víctima. Estas acciones buscan atender las consecuencias del hecho, garantizar no repetición y contribuir a la reparación integral del daño causado. 

El fallo de la Corte-IDH representa un pronunciamiento histórico en materia de derechos humanos en América Latina, al señalar la responsabilidad de un Estado miembro por violaciones graves y estructurales en el tratamiento de casos de violencia sexual y discriminación contra poblaciones indígenas y mujeres mayores. La resolución obliga al Estado mexicano a adoptar medidas concretas para enfrentar las condiciones de vulnerabilidad que permitieron que estos hechos quedaran impunes durante casi dos décadas. 

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