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Derecho de Réplica… Ya Basta de una Sola Voz…

Jorge Valladares Sánchez
Jorge Valladares Sánchez
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Por: Jorge Valladares Sánchez.* 

En Facebook y en Youtube: Dr. Jorge Valladares.

La
libertad de expresión destaca en la lista de derechos para humanos que mejor
cumplen la condición que me lleva a cambiarles el nombre. Sería tan natural
asumir que, siendo el razonamiento (una forma alta del pensamiento) la cualidad
que nos arrogamos como distintiva de la categoría de ser humanos, lo que
resulte de nuestro pensar debería fluir; como cualquier cuestión instintiva de
cualquier especie se manifiesta, le caracteriza y nos permite distinguirle.

Sin
embargo, no es así. A lo largo de nuestra formación tenemos marcadas
contradicciones sobre si procede o no decir lo que pensamos y la funcionalidad
de hacerlo. Muchas explicaciones sobre las complicaciones psicológicas y
sociales que podemos afrontar al vivir se anidan precisamente en este rubro.

Un hilo
para entenderlo está en la sinuosa ruta que como humanidad, sociedades y
familias seguimos en cuanto a lo complejo del pensamiento que somos capaces de
desarrollar. Crestas de diversidad, profundidad y precisión que lo han hecho
complejo, y valles de soltura, naturalidad y cinismo donde todo cabe e incluso
nada es necesario. Hoy el mar de la información contiene la libre flotación de
todo tipo, nivel, alcance y formato de ideas y lenguaje, que refleje, si quiere
(y si no no) las formas de pensar y expresar lo que sea, de quien sea.

La
posverdad, que antes el Diccionario se ocupó en definir como distorsión
deliberada de una realidad, que manipula creencias y emociones con el fin de
influir en la opinión pública y en actitudes sociales, hoy es simple elemento
del espíritu de estos tiempos y, aunque sigue siendo clara su relación con la
“opinión pública”, se vive natural y hasta se usa como estandarte de la
diversidad con la que nos conformamos al no haber alcanzado un mejor estadio de
humanización.

La
opinión pública… que con la parcelación de los medios de comunicación y las
audiencias, finalmente ya la puedo dar por captada con lo que en mi canal se
registre, en el momento que yo decida, para anunciar que conozco el sentir o
estimación sobre algo, aunque la definición pida que refleje coincidencia de la
generalidad de las personas.

Como
“no hay mal que por bien no venga” destaco efectos positivos que esto tiene en
la convivencia y en la salud mental, ya que decir lo que pensamos con
regularidad y naturalidad disminuye estados neuróticos que antes validábamos
socialmente. “Hablarle” a las redes electrónicas nos procura liberaciones,
ideas de contacto y relevancia que antes dependían de habilidades que se
desarrollaban con esfuerzo y en muchos casos no llegaban a su plenitud.
Probablemente por eso, muchas personas le llaman sociales a esas redes, cuando
su naturaleza es meramente electrónica.

El
caso es que para bien, para mal y para todo, deberíamos poder decir lo que
pensamos, dar nuestra opinión o hablar libremente, pues. En este tema, como en
muchos otros, las leyes, instituciones y funcionarios nos siguen quedando a
deber. Ayudan un poco sí, pero igual confunden y distraen bastante a la
generalidad de la gente ante la circunstancia de que los poderosos medios de
comunicación (con todos sus recursos) y los gobernantes (con nuestros recursos
a su disposición) dicen lo que quieren de quien quieran, incluso contra las
personas que consumimos sus noticias y pagamos sus sueldos.

Intentemos
sacar de lo que hay algo que sirva, sin llevarlo al grado que confunda más. La
Declaración Universal de los Derechos Humanos, hace 74 años, ya proclamaba que
toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento… y a la de opinión y
de expresión; incluyendo no ser molestado por ello, poder investigar y recibir
informaciones y opiniones, y difundirlas por cualquier medio de expresión. Se
refería, claro, al buen deseo de que las autoridades se abstuvieran de molestar
a quien se atreva a decir lo que piensa.

La
costumbre de nuestros gobernantes de ampliar los artículos de nuestra
Constitución, en vez de procurar soluciones a los problemas nacionales, ha
generado un artículo sexto casi reglamentario y algunas precisiones al séptimo.
En esencia digamos que el 6º señala que la autoridad no se meterá con nosotros
por manifestarnos, pero señala excepciones tan amplias como atacar a la moral,
la vida privada o los derechos de otros, provocar delitos o perturbar el orden
público. Y luego una retahíla de elementos que pretenden hacernos creer que sí
podemos hacer algo frente a sus intentos de ocultarnos lo que hacen con
nuestros impuestos cuando les damos el empleo público, y que nos facilitarán
acceso a que haya información de todo.

Por
ahí, entre tantas buenas intenciones, vemos con claridad y simpleza la frase:
La ley establecerá aquella información que se considere reservada o
confidencial, que nos remite de inmediato a los casos en que nos han dejado
claro que la palabra ley requiere una fe de erratas que indique: sustituir la
palabra ley por el gobernante en turno.

El
7º sigue siendo cortito. Empieza bien fuerte con: “Es inviolable la libertad de
difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio” y se
fortalece aún más prohibiendo modos indirectos de limitar, como restringir los
medios que se usan para difundir, y también la censura. Pero… nos remite a las
amplias y ambiguas limitaciones ya mencionadas del 6º.

Lo
más actual y práctico que puedo destacar es la aparición del derecho de réplica
en el escenario constitucional, que dio lugar a una ley específica, cuya
versión más reciente es de mayo de 2018. Esa ley en 7 artículos nos indica para
quiénes aplica, en otros 12 cómo ejercer ese derecho, en 18 adicionales cómo
echar pleito judicial si no nos lo cumplen y en 5 las sanciones para quien no
cumpla.

Ante
lo complicado que es para la ciudadanía el ejercer sus derechos, iniciando por
el de recibir de sus empleados en el gobierno los servicios por los que se les
paga y para los cuales les damos los recursos, es importante tener a la vista
cuando algún mecanismo es medianamente accesible de usar para corregir el rumbo
si deseamos hacerlo.

En
este caso, como en muchos, el acento de la existencia, la regulación y uso de
esta ley está en la arena política. Incluso ha sido objeto de una revisión por
la SCJN que precisamente promovieron actores políticos, ante actos políticos,
para fines políticos. Pero queda a mano también algo que puede tener utilidad
para las demás personas si deseamos ejercer este derecho.

En
palabras sencillas, digamos que tienes el derecho a que sea publicada o
difundida la aclaración que sea pertinente si ciertos medios o personas
publican algo donde te aludan, que sea inexacto o falso, y te cause agravio.
Los vericuetos legales requieren minuciosidad, pero en principio de eso se
trata y salta a la vista que puede ser de utilidad intentarlo si te llega a
pasar.

Tu
réplica debe publicarse básicamente con la extensión, en el medio y de la forma
en que se publicó la nota que te agravió. A grandes rasgos se protege con ello
que puedas dar tu versión cuando los datos publicados sean información falsa o
inexacta y tengas tú otra información que la contradice o aclara.

Esta
obligación de publicar tu réplica la tienen los medios de comunicación, las
agencias de noticias, los productores independientes y cualquier otro emisor de
información responsable del contenido original. Y deben hacerlo sin
desnaturalizar la función de la réplica. Y para ello es obligación vigente que
en su portal indiquen la forma de contactar a quien atenderá a ese derecho que
tienes.

Si
ocurre que publican algo que te afecte en esas condiciones, cuentas con 15 días
para solicitar la réplica, ya sea que proceda realizarla en vivo, o por medio
de un escrito donde indiques los datos sobre lo que quieres aclarar y quién
eres. Debe ser una aclaración o rectificación a lo publicado y no una
ampliación o ataque a terceras personas.

En
3 días deben decidir si procede o no y en otros 3 comunicártelo. Si se acepta
será prácticamente inmediata la réplica, si no, deben justificar su negativa y
podrás intentar que proceda por un medio judicial.

El
caso actual que tiene este tema como bandera es el de la Senadora Xóchitl
Gálvez que entre varios lances frente a los dichos, y a veces contra los actos,
de Andrés Manuel, ha solicitado un amparo para que se le conceda este derecho
de réplica, ante el hecho de que en una “Mañanera” nuestro empleado presidente
dijo que ella afirmó que quitaría los programas sociales si llegaba a
gobernadora de Hidalgo.

El
tema limitante allí no es si lo dijo (sí, sí lo dijo Andrés Manuel) o si eso es
un dato falso (ella es la adecuada para saberlo y dar su versión), sino
determinar si “Las Mañaneras” son un espacio en el que se genera y difunde
información; o sea, si para la ley se trata de un sujeto obligado. Obviamente
Andrés Manuel se negó, como lo ha hecho por décadas a cualquier ejercicio de
diálogo o confrontación de ideas o datos en igualdad de circunstancias, con
quien sea.

Pero
entre los sujetos obligados están… los productores independientes y cualquier
otro emisor de información responsable del contenido original. Y en la
definición de medios de comunicación la ley incluye a cualquier persona que… de
manera impresa y/o electrónica difunde masivamente ideas, pensamientos,
opiniones, creencias e informaciones de toda índole y que opera con sujeción a
las disposiciones legales aplicables. Así que… sí es, pues la palabra original
no se refiere a originalidad como
creatividad, sino como punto de partida de una información, y esa es
precisamente la utilidad principal de ese espacio de entretenimiento matinal: informarnos
de lo que debemos creer, pensar y practicar si queremos ser buenos mexicanos.

Creo
que es un mecanismo de los pocos en la ley que sirven para reparar un agravio y
que permiten razonablemente acceder al ejercicio de un derecho. Sería
interesante identificar si nuestras fuentes de información cotidiana tienen
efectivamente a la vista a la persona con la que podemos contactar si
quisiéramos activar este ejercicio.

Y
atentos a lo que le respondan a Xóchitl, pues si vaticino una nueva y muy
exitosa temporada del show matinal, desde el que se ejerce en este sexenio la
función de gobierno, si pueden acceder a replicar algunas o muchas de las
personas y colectivos que han sido señaladas con esa información falsa o
imprecisa que desde hace cuatro años oficialmente acostumbramos llamar “otros
datos”.

———————————-
*Jorge Valladares Sánchez
Papá,
Ciudadano, Consultor.
Representante
de Nosotrxs en Yucatán.
Doctor
en Derechos Humanos.
Doctor
en Ciencias Sociales.
Psicólogo
y Abogado.

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