Hoy se conmemoran 103 años de la Constitución mexicana. El Grupo Parlamentario del PRI ha decidido celebrar esta significativa fecha con la presentación de la iniciativa para reformar su artículo cuarto y establecer el derecho al bienestar.
Cuando nació en 1917, fue bautizada como la primera Constitución social del mundo, no solo recogió las garantías individuales de las personas, sino empeñó un camino inédito hasta entonces, al reconocer los derechos de los grupos sociales, como campesinos y trabajadores de México.
Pensemos a la Constitución como un gran pacto social producto de una Revolución armada, había grandes expectativas entre los grupos para que se cumplieran sus demandas.
No había recetas ni antecedentes. Se dio una respuesta inédita anclada en la experiencia y el compromiso de los Constituyentes.
Todavía limitada a la letra, las nuevas reglas rigieron la construcción de las grandes instituciones del Siglo XX, y establecieron una ruta para el efectivo ejercicio de los derechos que fueron plasmados en sus 136 artículos.
Hacia principios de la década de 1980, se estableció el Sistema Nacional de Planeación Democrática como un medio para garantizar el cumplimiento de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo.
A lo largo de los años se han afinado esos atributos, equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible, con perspectiva de interculturalidad y de género.
La creación del sistema, este sistema articulador de políticas ha sido sin embargo insuficiente.
La realidad de más de la mitad de la población que vive en situación de pobreza y marginación claramente lo demuestra.
Para enfrentarla, han surgido propuestas de fondo para incluir en la Constitución, el compromiso de otorgar una subsistencia mínima para los grupos más vulnerables, el denominado mínimo vital.
Este concepto novedoso fue fuertemente debatido en la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, que por cierto, hoy cumple sus tres años de vigencia.
El consenso se logró en torno a la noción de bienestar que ha sido pionera en el país, como lo fueron los primeros derechos sociales en la Constitución de 1917.
El Grupo Parlamentario del PRI considera pertinente y necesario, que el Congreso de la Unión recoja la experiencia histórica en torno a los derechos sociales.
Se trata de establecer el bienestar como un derecho humano fundamental, comprometiendo a las políticas públicas y a los programas gubernamentales en su ejercicio.
El Presidente de la República ha enviado una iniciativa de reforma al artículo cuarto para elevar a rango constitucional los programas de adultos mayores, becas a los estudiantes y personas con discapacidad.
Sin lugar a dudas estos programas forman parte del ejercicio efectivo de los derechos a la educación, a la salud y a la seguridad social, pero no son todos ni ahora ni en el futuro.
La situación de pobreza en que vive la mitad de la población mexicana, la incertidumbre de millones de mujeres y hombres de la tercera edad que carecen en su mayoría de pensión digna, las difíciles condiciones de las familias que se hacinan en sus viviendas, la falta de acceso a una alimentación saludable, la violencia contra las mujeres y las niñas, la precariedad de los sistemas de salud, son solo algunos de los problemas cotidianos a los que enfrentan millones de personas.
Introducir solo tres programas en los términos planteados por el Ejecutivo, parecería ignorar la situación de vulnerabilidad de más de 50 millones de mexicanos y mexicanas, y limitaría las funciones de la Cámara de Diputados responsables de aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, además de comprometer al federalismo, al ignorar las condiciones económicas y sociales de los distintos estados.
Aquí se trata de acudir a la imaginación y a la audacia de los Constituyentes de 1917 cuando lograron crear esos nuevos derechos para impulsar el constante mejoramiento de la vida, tal como la Carta Suprema define a la democracia.
Toda persona tiene derecho al bienestar, entendido como la satisfacción de sus necesidades materiales y espirituales en todo su ciclo de vida.
El derecho al bienestar sería una especie de articulador del conjunto de derechos individuales y colectivos establecidos en la misma Constitución, con el agregado de incorporar la obligación del gobierno de desarrollar las políticas públicas, los programas y acciones institucionales necesarias para alcanzar el bienestar de la población.
Tiempo de audacia en el avance de los nuevos derechos en la Constitución. Como entonces, sería el primer paso de un largo y tortuoso camino para transitar de la letra a la realidad y caminar hacia la igualdad plena que reclama un futuro de justicia.


