Por Enrique Vidales Ripoll
El pasado lunes, en la sede del Iepac, se presentó el libro “Tutela eficaz de los derechos humanos e inconvencionalidad de la jurisprudencia” del Mtro. Rigel Bolaños Linares. Una excelente oportunidad para reflexionar sobre el impacto que tiene la reforma constitucional en Derechos Humanos de hace cinco años. Para alguno solo un cambio de nombre del primer capítulo de la constitución que pasó de ser “De las Garantías Individuales” por “De los Derechos Humano y sus Garantías Individuales”
No hay duda que la Constitución de 1917 se puede considerar como un ordenamiento jurídico superior de carácter social. La incorporación de las garantías individuales daba un contexto de respeto a las principales libertades humanas. Tuvo que venir en 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos cuando muchos afirmaban que México se había adelantado jurídicamente por mucho en la materia.
Sin embargo, la legislación mexicana no reconocía a los Derechos Humanos, sino estrictamente hablando otorgaba elementos instrumentales para la defensa del ciudadano contra un acto de autoridad que vulnerará algunas de las libertades y derechos constitucionales. Esto no significaba un retroceso. Sino que era una conceptualización que hoy viene a ser superada con el RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS, no es un otorgamiento.
Es decir, el Estado no es el ente que tiene que otorgar Derechos Humanos, sino que el reconocimiento implica que esos derechos están por encima del Estado mismo. Existen antes de la misma creación del Estado. Es tarea del Estado entonces ir descubriendo los Derechos Humanos en los actos ciudadanos con la obligación de respetarlos. De aquí viene el principio de progresividad, ya que el Derecho no es algo acabado, sino que evolución a la par de los cambios sociales.
Esto es un gran cambio en el paradigma del modelo de justicia en México. Es muy claro que cualquier autoridad puede violar un Derecho Humano. El ciudadano ya no solo cuenta con la protección de la Constitución Política, sino también, con el cobijo de los ordenamientos internacionales que el Estado Mexicano ha ratificado en la materia.
Lo negativo, según el autor del libro mencionado, es que hay un desconocimiento de todo ese marco jurídico que da sustento a un sistema de justicia fundamentado en los derechos humanos. Lo que lleva a la necesidad de revalorizar el tema de los Derechos Humanos en su aplicación.
Resulta más que interesante en cuestión de Derechos Humanos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación deja de ser la instancia judicial final en situaciones de vulneración de los mismos. Con la aceptación y ratificación de los instrumentos internacionales nuestro país ha aceptado la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Una corte externa que puede y tiene la facultad, así ratificado por México, de resolver litigios contra el Estado Mexicano en casos de violación de Derechos Humanos.
Esto nos abre nuevas posibilidades de defensa de los Derechos Humanos en nuestro país, sobre todo por el caos aceptado que existe en nuestro sistema de justicia en México que está más que revuelto. Una SCJN que atiende todos los casos, pero no lo electoral que está en otra instancia de igual jerarquía jurisdiccional exclusiva para esa materia. Tenemos los tribunales agrarios, los laborales. Ombudsman para Derechos Humanos, en caso de los consumidores con Profeco o de organizaciones bancarias o financiera con la Condusef. Procuradurías para el medio ambiente y la reciente en materia fiscal con la de contribuyentes. Y no estoy precisando las dependencias, ya que algunas son del poder judicial; otras, del ejecutivo. En ese juego de perversidad donde algunas instancias se constituyen en juez y parte de los conflictos.
Un sistema tan robusto que es fácil llegar a la violación de un Derecho Humanos. Por lo cual es obligación no solo del Estado Mexicano en las diferentes instituciones, dependencias y cargos estar al día en este marco jurídico para respetar los Derechos Humanos, sino también de los abogados y hasta los ciudadanos. Hoy se cuenta con nuevos instrumentos legales más allá de nuestras fronteras.
Es un cambio de paradigma que viene a revolucionar la forma de procurar e impartir justicia.