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Fuero, fuera

Luis Carlos Ugalde
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Democracia Eficaz, por: Luis Carlos Ugalde.

@LCUgalde

En medio de la atención del primer debate presidencial, la
semana pasada fue aprobada por la Cámara de Diputados la eliminación del fuero
constitucional para servidores públicos, con una votación de 370 a favor, cero
en contra, sin abstenciones y con 91 legisladores ausentes. El dictamen se
integró del análisis de 32 iniciativas, incorporando incluso aquellas de
legislaturas anteriores –la primera data de 2004– y establece la modificación
de ocho artículos de la Constitución.

Los dos cambios más significativos son: 1) la eliminación de la
declaración de procedencia, conocido comúnmente como el proceso de desafuero,
para que los servidores públicos puedan ser sometidos –como cualquier
ciudadano– a la justicia; y 2) el presidente de la República podrá ser
enjuiciado, durante su encargo, por otras conductas que no sean sólo delitos
graves o traición a la patria, así como ser sujeto de juicio político durante
su periodo.

Todos los partidos festejaron eliminar el fuero como si fuera un
pase automático para combatir la impunidad. Ha faltado una reflexión seria y
profunda sobre sus implicaciones, quizá mayores que los beneficios simbólicos.

Eliminar el fuero constitucional implica un desequilibrio de
poderes y cualquiera que sea presidente de la República –en ausencia de una
Fiscalía General autónoma– podría tener incentivos para iniciar investigaciones
en contra de sus adversarios, dejando en estado de indefensión a legisladores,
gobernadores, presidentes municipales, incluso miembros de su gabinete
‘rebeldes’ que se opongan al régimen del Ejecutivo federal. Esta posibilidad se
justifica por el hecho de que actualmente el titular del Ejecutivo es el
superior jerárquico del Ministerio Público federal (órgano a cargo de la
investigación y persecución criminal).

Pero también podría ocurrir al revés. Que un Congreso rebelde,
activista y opositor someta y chantajee al presidente de la República y lo
someta a juicio político. La fuerza de la figura presidencial se diluiría y la
estabilidad del sistema se socavaría. Es irresponsable sólo ver la parte de la
impunidad cuando el fuero también busca generar pesos y contrapesos y atacar
experiencias de inestabilidad política que otros países han vivido, y evitar
las tendencias vengativas de los colectivos legislativos. Nadie puede pasar por
alto que a partir del 1 de diciembre de 2018 tendremos escenarios inéditos y a
todos conviene mantener la independencia y protección de los poderes públicos.

El argumento para eliminar el fuero consiste en que ha propiciado
impunidad. Si bien muchos servidores públicos, incluidos legisladores, han
hecho uso inadecuado de esta inmunidad, el problema de fondo es la ineficacia
de nuestro sistema de justicia para perseguir y castigar estas conductas. El
fuero sólo será virtuoso si hay una Fiscalía verdaderamente autónoma
(independiente del Ejecutivo) como mecanismo de control.

Sin embargo, la dilación para dar vida a la nueva Fiscalía hace
pensar que llegaremos al 1 de diciembre sin haber concluido ese cambio
constitucional que data de 2014. Es muy probable que el nuevo presidente de la
República prefiera mantener la figura de la Procuraduría y contar con el
control político sobre la persecución de los delitos de servidores públicos,
que darle autonomía.

La figura del fuero constitucional es vinculante en nuestro país
desde la Constitución de Cádiz (1802). Una primera crítica que se hace es que
el procedimiento para desaforar a un funcionario es que el proceso es
complicado y sólo propicia el encubrimiento y complicidad de otros servidores
públicos. Lo anterior comúnmente se sustenta en el hecho de que en la historia
de nuestro país sólo se han consumado ocho casos de desafuero, cinco de ellos
en los últimos 35 años (1983 a 2018). Lo cierto es que si las acusaciones
estuviesen bien fundadas y las investigaciones sobre presuntos desvíos de
recursos, ‘moches’ o vínculos con el crimen organizado fuesen contundentes, la
discusión sobre la pertinencia de esta figura no sería controvertida; el
desafuero es sólo un paso previo para el inicio del proceso penal en contra de
cualquier servidor público.

Cabe resaltar que para la
consumación de estos cambios constitucionales aún faltan las observaciones que
el Senado pueda formular, así como la aprobación de la mayoría de las
legislaturas estatales, procedimiento sobre el cual esperamos se haga un examen
pormenorizado de las implicaciones que conlleva eliminar esta prerrogativa
constitucional.

Luis Carlos Ugalde
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