Con su permiso, presidenta
Qué hubiera pasado si el Presidente de la República no hubiese nombrado director del Fondo de Cultura Económica a Paco Ignacio Segundo, fácil, no estaríamos aquí discutiendo una reforma plagada de simulación y de ocurrencias.
Simulación porque de pronto importa la situación de las personas mexicanas por naturalización.
Ocurrencias porque había que cumplir la voluntad del Presidente.
Es más fácil para la cuarta transformación cambiar la ley, que revisar la decisión.
El tema de fondo está mal definido y peor resuelto.
El dictamen de la minuta reforma un total de 25 artículos de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 24 de estas modificaciones están relacionadas con la incorporación de un lenguaje incluyente, es decir, son solamente de forma. Me apena decirlo, la igualdad de género como pretexto.
Sin embargo, la modificación de fondo recae exclusivamente en la reforma que se plantea al artículo 21 de la citada ley, ¿qué dice el artículo 21? El dictamen pretende eliminar dos requisitos específicos que actualmente deben cumplir los titulares de las entidades paraestatales.
El primero, es quitar el candado de ser mexicano por nacimiento, y el segundo, elimina el requisito de contar con conocimientos y experiencia en materia administrativa en puestos de alto nivel decisorio, como son las direcciones de las paraestatales. Por cierto, de este sí no se ha hablado.
Los arrebatos jurídicos utilizados para justificar esta reforma, apelan en todo momento a la protección de los derechos humanos, vendiéndolos como una reivindicación contra políticas discriminatorias.
Toda la argumentación se sostiene en una aparente contradicción entre el artículo primero constitucional y el artículo 32 del mismo ordenamiento que establece la obligación de ser mexicano por nacimiento, y no tener otra nacionalidad para ocupar determinados cargos, comenzando por la Presidencia de la República, primer y grave error.
El punto a considerar no es la restricción impuesta a los mexicanos por naturalización, sino aquellos mexicanos que tengan doble nacionalidad.
Si la necesidad de confeccionar un traje a la medida no hubiese distorsionado el debate, ahora estaríamos considerando la pertinencia de mantener la restricción de la doble nacionalidad para ocupar determinados cargos.
El artículo 32 constitucional reserva para personas nacidas en México, integrar las Fuerzas Armadas, por cierto, se aplicará a los integrantes de la Guardia Nacional, toda embarcación o aeronave que se ampare con bandera, insignia mercante mexicana, tendrá que ser pilotos de avión de líneas comerciales mexicanas o particulares, capitanes de barcos, todos de acuerdo a la Constitución, mexicanos por nacimiento.
De 308 ordenamientos federales que se encuentran vigente, 39 de ellos establecen como requisito para ocupar algún cargo, contar con nacionalidad mexicana por nacimiento, por cierto, señora presidenta, se inserte este cuadro donde viene una relación puntual en el Diario de los Debates, para información del Pleno.
Siendo más específica, si el argumento principal es acabar con la discriminación que actualmente sufren los mexicanos naturalizados, entonces necesitamos plantear una reforma constitucional urgente, pues al día de hoy se requiere ser mexicano por nacimiento, aquí ya se ha mencionado, el Presidente de la República, diputadas, diputados, senadores, senadoras, ministros de la Suprema Corte, gobernadores de los estados, comisionados de los órganos constitucionales autónomos.
Y para acabarla, todavía en la ley orgánica de la fiscalía general de la República, recientemente aprobada, por iniciativa del grupo parlamentario de Morena, se estableció en su artículo 16, que el fiscal tiene que ser mexicano por nacimiento.
También la ley orgánica de Inmujeres en su artículo 15, señala que su presidenta deberá ser mexicana por nacimiento, ojalá lo tenga en cuenta el día de mañana el Consejo que se reunirá para establecer la terna.
(Le hacen una pregunta)
Con mucho gusto, si el tiempo que me computen es de responderle a usted la pregunta, con muchísimo gusto, efectivamente se trata de fundar el tema, no en ser mexicana, mexicano por nacimiento, por naturalización, sino el tema de la doble nacionalidad.
Con un poco más de tiempo, veríamos que esta reforma se origina en 1997-98, cuando se establece por vez primera, que un mexicano puede considerar una doble nacionalidad, si antes de ello, en el momento en que se adquirieron nacionalidad extranjera se perdía la nacional.
También es de 1998, la ley de nacionalidad donde se establecen todas estas restricciones.
Por cierto, para poder formular aquellas entidades en las cuales su dirección exigiera ser mexicano por nacimiento, hubo una gran consulta, la exposición de motivos de la ley de nacionalidad y yo estoy segura diputado que a usted le interesará, trae todos los argumentos que se dieron para hacer la selección y establecer esta disposición en la ley de entidades paraestatales.
Lo que estamos reformando, mucho ojo compañero Fernández Noroña y compañeras y compañeros, no es solo la posibilidad de que el mexicano por nacimiento o naturalización sean directores de paraestatales, sino también mexicanos que tengan doble nacionalidad.
No estoy prejuzgando el sentido de la respuesta, si esto es bien o mal, lo que estoy diciendo es que este tema que es el verdaderamente de fondo, no está debatido en este momento.
Y ocupo mis últimos segundos de mi intervención para decir, es potestad del Presidente de la República nombrar a quien él considere para dirigir el Fondo de Cultura Económica, institución de 85 años de gran relevancia Iberoamericana y mundial.
Pero yo me pregunto, si un escritor tan considerado, pero con nula experiencia administrativa y la boca muy floja, es la persona idónea para conducir esta gran institución.
Muchas gracias.