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Juez de Michoacán impone multas a miembros de comités evaluadores de aspirantes al Poder Judicial

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El Juzgado Primero de Distrito en Michoacán, bajo la dirección del juez Sergio Santamaría, ha impuesto multas de 107,570 pesos a cada uno de los diez integrantes de los comités de evaluación de candidatos judiciales del Poder Ejecutivo y Legislativo. Esta sanción, que suma un total de 1,075,700 pesos, se debe al incumplimiento de una suspensión definitiva otorgada en contra del proceso electoral extraordinario de 2025 para diversos cargos judiciales. 

Los miembros sancionados del Comité del Ejecutivo incluyen a Arturo Zaldívar, Vanessa Romero Rocha, Mary Cruz Cortés Ornelas, Isabel Inés Romero Cruz y Javier Quijano Baz. Por parte del Comité del Legislativo, los multados son Madai Merino Damián, Andrés Norberto García Réper, María Gabriela Sánchez García, Maribel Concepción Méndez de Lara y Ana Patricia Briseño Torres. 

El juez Santamaría argumentó que los integrantes de estos comités, “en una franca usurpación política de la función judicial que no tienen asignada y en un claro desprecio al estado de Derecho”, decidieron no acatar el mandato judicial. Además, señaló que su conducta podría generar un daño económico significativo al erario público debido a la posible invalidez de una elección costosa. 

En respuesta, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó la reactivación inmediata del proceso de selección de candidatos para la elección judicial, estableciendo un plazo de 24 horas para que el Comité de Evaluación reanude sus actividades. La presidenta del TEPJF, Mónica Soto, enfatizó que en materia electoral no proceden los amparos y que el juez Sergio Santamaría se extralimitó en sus funciones. Además, se planteó la posibilidad de presentar una denuncia penal en su contra por delitos relacionados con la administración de justicia. 

Este conflicto subraya las tensiones entre diferentes órganos del sistema judicial mexicano en torno a la conducción y supervisión de los procesos electorales internos, así como la interpretación y aplicación de las facultades legales de cada entidad en estos procedimientos.

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