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Ley Bonilla: anomia mexicana

Gabriel Centeno Canto
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Por Gabriel Centeno Canto
@GabrielCenteno / politekos@gmail.com

Dentro de la agenda nacional mucho hemos escuchado hablar en los últimos meses sobre la famosa “Ley Bonilla”, concepto coloquial que hemos adoptado los gustosos de “chorchear” los exquisitos temas políticos al calor de una buena taza de café. Me incluyo por supuesto en la división amateur.

Pero ¿a qué se refiere tan defenestrado cuerpo legal del que tanto se habla por constitucionalistas, académicos y políticos, (y uno que otro diletante)?, he aquí una breve descripción sintética:

Dicha norma se reduce en realidad a la reforma realizada mediante decreto a un solo artículo transitorio de la Constitución Bajacaliforniana (octavo) emitida por la actual legislatura local en la que se extiende el mandato del actual Gobernador electo, Jaime Bonilla Valdez, por un período de dos a cinco años.

¿Por qué resulta ser una aberración constitucional?, bueno porque que dicha decisión de los actuales legisladores bajacalifornianos contraviene una disposición de orden superior establecida en nuestra Carta Magna, parámetro que deviene de la reforma político-electoral 2014 y que contempla las elecciones locales y federales se realicen al mismo tiempo para de esta manera evitar el dispendio de dinero público en dichos ejercicios que, si bien son democráticos, resultan ser de los más caros a nivel mundial (la desconfianza cuesta).

Es por ello que en septiembre de dicho año Baja California realizó el ajuste de su Constitución Local y determinó que el actual período corriera a partir del próximo primero de noviembre, concluyendo el 31 de octubre de 2021 . De esta manera el próximo proceso local para elegir Titular del Poder Ejecutivo Estatal en la multicitada entidad federativa se debería realizar en junio del año 2021, al mismo tiempo que se renovará la conformación de la Cámara de Diputados ubicada en el Palacio de San Lázaro.

Ahora bien, más allá del tema jurídico, resulta muy preocupante observar la campaña mediática goebbeliana desplegada por los defensores de la “Ley Bonilla” para tratar de legitimar dicha decisión basándose en mentiras, desinformación y un alto grado de cinismo por parte del principal beneficiario de tal ilegalidad, es decir, el futuro Gobernador de Baja California.

Dicha propaganda inclusive ha obligado un posicionamiento del Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello, a través de una campaña institucional en los medios de comunicación social y la promoción de un recurso legal sui generis ante el máximo Tribunal Electoral en el país. Otro ejercicio de simulación, con la que se ha pretendido legitimar este galimatías legislativo, es una consulta pública realizada con la participación de apenas el 1.9% de los
electores bajacalifornianos, ejercicio de participación ciudadana que carece, desde luego, de todo efecto legal al no haberse realizado por el Instituto Electoral local.

Finalmente, la problemática que advierto en un futuro no muy lejano podría presentarse, es el hecho de que aun se revoque la reforma local en cuestión a propósito de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por las dirigencias nacionales del PAN, PRI, PRD y Movimiento Ciudadano, así como por el actual Gobernador, Francisco Vega Lamadrid ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Congreso Local y/o el futuro mandatario estatal se nieguen o retrasen el cumplimiento de dicha sentencia, lo cual de suyo representaría una violación al Pacto Federal y al mismo tiempo un desacato.

Ante ello resulta un imperativo para los Ministros de la corte que la sentencia sea especialmente clara y concisa en sus alcances, so pena de que los obligados no puedan eludir de ninguna manera sus preceptos. (Lo cual se antoja difícil dado que inclusive existen movimientos separatistas e independistas en dicha región del país)

Gabriel Centeno Canto
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