España sanciona a Ibai, Jordi Wild y Nachter por irregularidades en redes
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de España sancionó a los creadores de contenido Ibai Llanos, Jordi Wild y Nachter por incumplir diferentes obligaciones establecidas en la Ley General de Comunicación Audiovisual. Las multas están relacionadas con la identificación de publicidad, la protección de los menores y la promoción de medicamentos en plataformas digitales.
Las tres sanciones suman inicialmente poco más de 4 mil euros. Ibai Llanos recibió una multa de 710 euros, Jordi Wild fue sancionado con 1,543.44 euros y Nachter con 1,779.94 euros. Sin embargo, las cantidades fueron reducidas debido al pago anticipado y, en el caso de Nachter, al reconocimiento de responsabilidad.
El expediente contra Ibai Llanos se originó por varios videos difundidos en la plataforma X durante la presentación de los artistas de La Velada del Año. En las publicaciones aparecían productos de una conocida marca de bebidas, pero no se incluyó una señalización suficientemente clara que permitiera a los espectadores distinguir la comunicación comercial del contenido editorial.
La CNMC determinó que la integración de una marca dentro de los videos debía estar acompañada de mecanismos visuales, sonoros o espaciales que informaran al público sobre su carácter publicitario. Por esta infracción, la multa de Ibai fue reducida de 710 a 568 euros después de acogerse al pago anticipado.
En el caso de Jordi Wild, la sanción está vinculada con contenidos publicados en los canales de YouTube El Rincón de Giorgio y Dogfight Wild Tournament. El organismo regulador analizó videos relacionados con combates de contacto extremo y consideró que algunos de ellos debían contar con una clasificación adecuada, advertencias visibles y mecanismos para restringir el acceso de menores de edad.
La falta de estas medidas, explicó la institución, puede reducir la eficacia de los sistemas de control parental, pues estas herramientas dependen de que el contenido sea identificado correctamente. La sanción impuesta a Jordi Wild pasó de 1,543.44 a 1,241.95 euros por pago anticipado.
Nachter recibió la multa más elevada de los tres creadores. La CNMC detectó comunicaciones comerciales relacionadas con productos antigripales en sus cuentas de Instagram y Facebook que no cumplían con las disposiciones aplicables a la publicidad de medicamentos.
Este tipo de promociones debe señalar claramente que se trata de publicidad, identificar el producto e incluir información esencial para su utilización correcta. También debe incorporar advertencias dirigidas a los consumidores, como la recomendación de consultar el prospecto o acudir con un farmacéutico en caso de duda.
La multa contra Nachter fue fijada inicialmente en 1,779.94 euros, pero quedó reducida a 1,067.96 euros después de que reconociera su responsabilidad y realizara el pago anticipado. La institución señaló que las normas buscan evitar que la publicidad de medicamentos pueda provocar confusión o fomentar un consumo inadecuado.
La CNMC recordó que los creadores considerados usuarios de especial relevancia realizan una actividad profesional y, por ello, tienen la responsabilidad de conocer y cumplir la legislación aplicable. Estas obligaciones no dependen exclusivamente de las herramientas proporcionadas por cada plataforma, sino también de las decisiones tomadas por quienes producen, organizan y difunden los contenidos.
Las tres resoluciones determinaron la existencia de infracciones graves relacionadas con las obligaciones de los usuarios de especial relevancia. Los procedimientos fueron aprobados por la Sala de Supervisión Regulatoria el 18 de junio y contaron con el voto particular de uno de sus consejeros.
Las sanciones representan una nueva advertencia para la industria de los creadores digitales. A medida que las redes sociales se consolidan como espacios de entretenimiento y publicidad, los influencers deben garantizar que sus audiencias puedan reconocer cuándo están frente a contenido comercial y adoptar medidas adicionales cuando sus publicaciones puedan afectar a menores o involucrar productos sujetos a una regulación especial.