Ieqroo sanciona a regidor de Othón P. Blanco por promoción personalizada en sesión de Cabildo y Facebook
Benjamín Trinidad Vaca González quedará inscrito cuatro años en el Registro Estatal de Personas Sancionadas por Infracciones Electorales
El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) sancionó al regidor del Ayuntamiento de Othón P. Blanco, Benjamín Trinidad Vaca González, por vulnerar los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad durante la competencia electoral al promover, desde espacios institucionales, al aspirante Rafael Marín Mollinedo.
La determinación afecta directamente a un servidor público en ejercicio y envía una señal a quienes ocupan cargos de elección popular en el estado: el uso de tribuna oficial o de cuentas personales para respaldar candidaturas durante un proceso electoral constituye infracción a la normativa y acarrea consecuencias formales.
La resolución del procedimiento ordinario sancionador IEQROO/POS/114/2026 establece que Vaca González solicitó el uso de la voz durante la vigésima cuarta sesión ordinaria de Cabildo para destacar las cualidades, la trayectoria y la participación política de Marín Mollinedo en el movimiento de Morena. Al transmitirse esa intervención por el canal oficial del Ayuntamiento, el organismo concluyó que constituyó promoción personalizada desde un espacio institucional.
El análisis electoral abarcó también publicaciones en la cuenta personal de Facebook del regidor, en las que identificó a Marín Mollinedo como referente del movimiento y subrayó su recorrido político. El Ieqroo determinó que esos mensajes, sumados a lo expresado en el Cabildo, configuraron un uso indebido de recursos públicos contrario al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que obliga a las personas servidoras públicas a actuar con imparcialidad y a no influir en la equidad de la competencia entre partidos.
En el apartado resolutivo, el Consejo General declaró existente la conducta denunciada e impuso a Vaca González su inscripción durante cuatro años en el Registro Estatal de Personas Sancionadas por Infracciones a la Normatividad Electoral, con fundamento en el artículo 406, fracción VII, incisos a) y b), de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Quintana Roo. El instituto ordenó además dar vista al Órgano Interno de Control del Ayuntamiento de Othón P. Blanco para que actúe, dentro de sus atribuciones, por el uso irregular de recursos públicos.