SCJN ordena monitoreo permanente de 54 plaguicidas en agua de Hopelchén
El fallo amplía el amparo maya más allá del glifosato y crea un sistema de información ambiental continua
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó el monitoreo permanente de 54 sustancias altamente peligrosas detectadas en el agua de Hopelchén, como parte de una sentencia de amparo a favor de comunidades mayas de la región de Los Chenes, informó Itzel Arteaga, representante del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda).
El fallo, emitido por unanimidad según precisó Arteaga, obliga a las autoridades a garantizar el derecho de las comunidades mayas a un medio ambiente sano y al agua limpia, en una zona donde el uso de agroquímicos ha sido señalado como fuente de contaminación durante años.
Entre las disposiciones concretas, la Corte ordenó la creación de un sistema de información ambiental que monitoree los cuerpos de agua de forma continua, y no mediante muestreos aislados como ocurría hasta ahora. También exigió estudios periódicos sobre la calidad del agua y la presencia de plaguicidas, con acceso público a los resultados.
La sentencia contempla además un informe detallado sobre las sustancias contaminantes presentes en la región y la instalación de una comisión permanente de medio ambiente que dé seguimiento al tema de plaguicidas en Hopelchén, según detalló la representante de Cemda.
Arteaga explicó que la resolución original sólo consideraba al glifosato como foco de atención, pero el Cemda y las comunidades afectadas insistieron en ampliar el alcance del monitoreo. "Se insistió bastante en que los efectos no sólo se quedaran en el glifosato, sino en 54 sustancias más que también son plaguicidas altamente peligrosas y que se encuentran presentes en el agua de Hopelchén", explicó.
La abogada sostuvo que el objetivo del litigio se cumple en la medida en que se generará información ambiental de forma continua sobre la calidad del agua y la presencia de plaguicidas en la región. "La sentencia tiene mucho potencial para proteger a las comunidades en Hopelchén", afirmó.
Las autoridades ambientales deberán ahora instrumentar la comisión permanente y el sistema de monitoreo ordenados por la Corte, cuya operación quedará sujeta a la vigilancia de las comunidades y de las organizaciones que promovieron el amparo.