Mérida, Yucatán a 7 de julio de 2016.-
La autoridad judicial ratificó como legal la inspección a un domicilio
particular realizada hacia unos días por agentes de la Fiscalía Estatal,
quienes, como parte de una investigación, ingresaron a un predio ubicado
en esta ciudad sin contar con una orden de cateo, pero con la autorización de
los habitantes del domicilio.
Este control judicial se deriva de lo
establecido en el artículo 290 fracción II del Código Nacional de
Procedimientos Penales, que faculta a los jueces de control para
determinar si ese tipo de actuaciones ministeriales se ajustan o no a derecho,
dada la ausencia de una orden de cateo.
En la audiencia, los fiscales
solicitaron al juez que califique de legal su actuar y expusieron sus motivos
por la cual ingresaron, con anuencia de la persona que habita el domicilio.
La defensa pública, quien estuvo
presente para salvaguardar los derechos procesales de alguna persona que se le
involucre a futuro con la investigación que realiza la Fiscalía, manifestó que
esa diligencia no está justificada correctamente por los fiscales.
Dos personas que habitan el domicilio,
asistieron a la audiencia y manifestaron que sí dieron autorización a los
fiscales para poder ingresar al domicilio a realizar sus labores de
investigación, sin embargo una de las personas dijo que no firmó un documento
porque no lo entendió.
El juez de control del primer distrito
judicial del sistema penal acusatorio y oral del Poder Judicial del Estado,
Luis Edwin Mugarte Guerrero, resolvió que la actuación ministerial estuvo
ajustada a derecho, ya que esta actuación de investigación se encuentra en el
Código Nacional como una excepción para que puedan ingresar a un predio sin la
autorización judicial, en el caso se debió a las condiciones climatológicas las
cuales pudieron repercutir en los indicios que se encontraron y con la anuencia
de las personas para que las autoridades pudiesen ingresae, por lo que la
califico de legal y la ratificó.