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SAT recuerda que pagos por colegiaturas y transporte escolar son deducibles de impuestos

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha recordado a los contribuyentes que los pagos realizados por colegiaturas y transporte escolar, cuando este último sea obligatorio, son deducibles de impuestos en la declaración anual. Este beneficio fiscal se extiende no solo al contribuyente principal, sino también a sus cónyuges, concubinos y familiares ascendentes o descendentes en línea directa.

Para aprovechar esta deducción, es necesario que los pagos se realicen a instituciones educativas privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios. La factura emitida por la institución debe incluir el complemento de colegiaturas y desglosar tanto el pago de la matrícula como el de transporte escolar, si aplica.

Los límites anuales deducibles son los siguientes:

  • Preescolar: 14,200 pesos
  • Primaria: 12,900 pesos
  • Secundaria: 19,900 pesos
  • Profesional técnico: 17,100 pesos
  • Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos

Es importante destacar que el pago debe hacerse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica desde una cuenta bancaria del contribuyente o con tarjeta de crédito, débito o de servicios; no se permiten pagos en efectivo para este propósito.

El SAT también aclara que para la emisión de facturas, no es necesario presentar la Cédula de Identificación Fiscal ni la Constancia de Situación Fiscal, simplificando así el proceso para los contribuyentes. Para asegurar que estos gastos sean prellenados correctamente en la declaración anual, se recomienda a los contribuyentes revisar el Visor de deducciones personales disponible en el portal del SAT.

Para obtener mayor orientación, el SAT pone a disposición diversos medios de contacto como el servicio de chat, línea telefónica y su portal en línea, asegurando que los contribuyentes puedan acceder fácilmente a la información y realizar correctamente sus deducciones fiscales.


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