El 7 de abril de 2025, la Corte Suprema de Estados Unidos, en una decisión dividida de 5-4, autorizó al presidente Donald Trump a continuar con las deportaciones de presuntos miembros de la banda criminal venezolana Tren de Aragua, invocando la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798. Esta ley, históricamente utilizada solo en tiempos de guerra, permite la expulsión de ciudadanos de naciones consideradas hostiles.
Aunque la Corte levantó la suspensión previa que impedía estas deportaciones, estableció que los detenidos deben ser notificados de su estatus de expulsión con suficiente antelación para que puedan solicitar un recurso de hábeas corpus, garantizando así sus derechos al debido proceso. Además, determinó que las impugnaciones legales deben presentarse en el distrito judicial donde se encuentran detenidos, trasladando así los procedimientos de Washington D.C. a Texas.
La decisión no abordó la legalidad de invocar la Ley de Enemigos Extranjeros en las circunstancias actuales. El abogado de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU), Lee Gelernt, consideró el fallo como una victoria parcial debido a la exigencia del debido proceso. Por otro lado, la jueza Sonia Sotomayor, en su disidencia, criticó la rapidez de la decisión y advirtió sobre posibles perjuicios para los detenidos.
Esta resolución se produce en medio de controversias sobre la aplicación de una ley de más de dos siglos en el contexto migratorio actual y las tensiones entre la administración Trump y el poder judicial. La comunidad venezolana en Estados Unidos, que supera las 900.000 personas, ha expresado preocupación por el uso de esta ley y las implicaciones para sus derechos y estatus migratorio.


