Quintana Roo

Juez federal concede suspensión provisional al alcalde de Solidaridad, detenido por presunta extorsión

El beneficio no modifica la prisión preventiva; la suspensión definitiva se resolverá el 12 de noviembre

Por La Revista Peninsular · 06/11/2026 09:00
Juez federal concede suspensión provisional al alcalde de Solidaridad, detenido por presunta extorsión

El Juzgado Cuarto de Distrito otorgó una suspensión provisional al alcalde de Solidaridad, identificado como Gilberto "N", dentro del amparo que promovió a principios de noviembre contra la orden de aprehensión girada en su contra y su posterior ejecución.

La medida no implica que el edil recupere la libertad de manera inmediata, pues continúa sujeto a prisión preventiva por un plazo de hasta dos años, impuesta tras su vinculación a proceso. Su defensa podría solicitar ante el juez penal una revisión de esa medida cautelar si logra acreditar que cambiaron las condiciones que la justificaron.

El recurso quedó registrado bajo el expediente 1448/2026 y se relaciona con la carpeta administrativa 451/2026 y con la carpeta de investigación FGE/QROO/SOL/06/440/2025, de acuerdo con la lista de acuerdos del órgano jurisdiccional. El próximo 12 de noviembre se celebrará la audiencia incidental en la que el juzgado federal determinará si concede o niega la suspensión definitiva solicitada por el alcalde.

Gilberto "N" fue detenido en octubre pasado como parte de una investigación de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo (FGE) por presuntos hechos de extorsión agravada, denunciados por un particular cuya identidad se mantiene reservada. La denuncia que originó la carpeta de investigación fue presentada durante 2025.

El alcalde enfrenta el proceso penal junto con un familiar y una funcionaria de la alcaldía de Puerto Aventuras, señalados también por su posible participación en los hechos investigados. Tras la vinculación a proceso, los tres quedaron sujetos a prisión preventiva mientras continúan las diligencias ministeriales.

La resolución del 12 de noviembre definirá únicamente los efectos cautelares del amparo y no representa una sentencia sobre el fondo del asunto ni una determinación sobre la responsabilidad penal del acusado. La modificación de la prisión preventiva, en caso de solicitarse, requerirá una resolución judicial específica distinta a la que resuelve el incidente de suspensión.

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