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La ruta para regular la publicidad oficial

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¿Pueden las instituciones y los poderes de nuestra democracia dar cauce al malestar de la población? El entramado constitucional que en México hemos construido durante las últimos lustros tiene la oportunidad de demostrar que el diálogo entre poderes puede encauzar la indignación con la clase política por el ejercicio discrecional de recursos públicos erogados en materia de publicidad oficial. En noviembre del año pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una sentencia histórica en la que instruyó al Congreso de la Unión a regular la publicidad oficial. El plazo para cumplir con lo establecido en el artículo tercero transitorio de la reforma constitucional político-electoral de 2014 y emitir una ley secundaria que regule el párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución, la SCJN lo fijó para el próximo 30 de abril, último día del periodo ordinario de sesiones.

Este logro es resultado de un recurso de amparo interpuesto por Artículo 19, una organización de la sociedad civil que defiende los derechos de libertad de expresión y acceso a la información. Dicha organización argumentó que la falta de regulación en publicidad oficial tiene un efecto negativo en la libertad de expresión: si los medios de comunicación dependen de los recursos destinados a publicidad oficial, quienes asignan ese dinero pueden ejercer presión para limitar lo que los medios investigan y reportan.

Asimismo, la sentencia fue producto de las acciones de la sociedad civil organizada para monitorear el desempeño de los poderes Ejecutivo y Legislativo. También es una muestra de que nuestro sistema de pesos y contrapesos puede dar cauce a las demandas ciudadanas y, de esta manera, promover la rendición de cuentas de todos los poderes. La ampliación de los efectos del amparo que establece la sentencia, al servir para proteger los derechos de todos los mexicanos y no solo de quien se ampara, establece nuevos canales institucionales para defender nuestros derechos.

En este contexto, la decisión de la SCJN es una oportunidad para que los tres poderes de la Unión, los organismos autónomos, la sociedad civil organizada y los ciudadanos interesados colaboren para resolver la omisión legislativa, cumplir cabalmente con la reforma político-electoral de 2014 y regular adecuadamente la publicidad oficial. En el pasado reciente, la cooperación entre instituciones y sociedad civil ha dado buenos resultados en favor del bien común. Gracias a esta colaboración se construyeron los Sistemas Nacionales de Transparencia y Anticorrupción y hoy la Ley General de Transparencia es reconocida por el Centre for Law and Democracy como la más avanzada del mundo, gracias a la implementación de esta nueva forma de legislar.

Hoy tenemos al menos dos opciones para llevar a buen puerto la sentencia de la SCJN. La primera es que el Poder Ejecutivo presente el próximo primero de febrero, primer día de la sesión ordinaria del Poder Legislativo, una Iniciativa preferente en la materia. De acuerdo con el artículo 71, apartado IV de la Constitución, el titular del Ejecutivo federal podría presentar un proyecto de ley mediante una iniciativa preferente. La propuesta de ley tendría que ser discutida y votada por el pleno de la Cámara de origen en los siguientes 31 días naturales. Proceder de esta manera permitiría dar cumplimiento a la sentencia con la celeridad que merece y además sería un claro mensaje del Estado mexicano sobre la necesaria colaboración entre poderes para fortalecer nuestro andamiaje institucional. La segunda opción es que el Congreso realice el proceso ordinario para proponer, discutir y aprobar la ley de manera regular.

Independientemente de la vía que se tome para cumplir con la sentencia, es necesario que la Ley se genere mediante un ejercicio de parlamento abierto. Esto significa tomar en cuenta e involucrar las opiniones, argumentos y propuestas de expertos, organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos para crear la mejor legislación secundaria posible. Sin duda, el debate público enriquecerá las propuestas legislativas. Los organismos autónomos y el INAI en particular pueden participar para fortalecer este proceso. Cuando se discutió y aprobó la Ley General de Transparencia, este instituto fungió como un puente entre estos actores y el legislativo. Con esto contribuyó a la apertura de espacios para la interacción y la retroalimentación directas que, sin duda, sentaron precedente para los procesos legislativos futuros. El INAI ha repetido este papel en otros casos, por ejemplo, cuando se discutió la Ley General de Archivos.

Además, este Organismo Garante tiene experiencia en la implementación de ejercicios de gobierno abierto y el tema no nos es ajeno, ya que desde noviembre del 2016 en conjunto con Fundar México hemos puesto a disposición “Transparencia en Publicidad Oficial”, una herramienta tecnológica que permite a las diferentes instituciones públicas dar a conocer de forma sencilla y accesible información sobre campañas, tipos de servicio, proveedores y montos en publicidad oficial.

Este caso demuestra que nuestro sistema de pesos y contrapesos funciona y nuestra democracia se revitaliza día con día gracias a la presión de la sociedad civil. La apertura se está convirtiendo en realidad y se perfila como la vía por excelencia para que la omisión legislativa en publicidad oficial sea subsanada dentro del plazo que marca la sentencia de la SCJN. Si los tres poderes colaboran entre ellos y abren el proceso a las aportaciones de otros actores, la aprobación esta ley se convertirá en un hito democrático en beneficio de todos los mexicanos.

Con información de: Joel Salas Suárez es Comisionado del INAI y coordinador de la Comisión de gobierno abierto y transparencia. Y Animal Políticohttp://www.animalpolitico.com/blogueros-blog-invitado/2018/01/22/ruta-regular-publicidad-oficial/

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