Begoña Gómez, esposa de Pedro Sánchez, irá a juicio por tráfico de influencias y malversación
El juez Juan Carlos Peinado abrió juicio oral contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez, por presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación. La causa será juzgada por un jurado popular en la Audiencia Provincial de Madrid.
La resolución también incluye a Cristina Álvarez, asesora de Gómez en La Moncloa, quien será juzgada por un presunto delito de malversación. Con esta decisión, el magistrado pone fin a una fase de instrucción que comenzó en abril de 2024 y que durante más de dos años ha analizado las actividades profesionales y académicas de la esposa del jefe del Ejecutivo español.
Entre las líneas investigadas se encuentra el supuesto tráfico de influencias relacionado con el empresario Juan Carlos Barrabés, así como la actividad de Gómez en una cátedra y dos programas de máster que codirigía en la Universidad Complutense de Madrid. También se examinó el desarrollo de un software vinculado a dicha cátedra y las funciones desempeñadas por Cristina Álvarez como asesora.
De acuerdo con la tesis sostenida por Peinado, la intervención de Gómez y de su asesora ante la Universidad Complutense de Madrid “no se produjo en un contexto neutro u ordinario”, sino que habría estado relacionada con la condición de Gómez como esposa del presidente del Gobierno. El magistrado considera que existen elementos suficientes para que estas acusaciones sean examinadas durante un juicio. La apertura del proceso oral no implica, por sí misma, una declaración de culpabilidad.
El procedimiento ya había llegado previamente a una fase similar. En junio de 2026, Peinado abrió juicio oral por cuatro presuntos delitos: tráfico de influencias, malversación, corrupción en los negocios y apropiación indebida. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid revisó posteriormente la decisión y determinó que el proceso debía continuar únicamente por los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación. También dejó sin efecto las medidas cautelares que se habían impuesto, entre ellas la retirada del pasaporte y la prohibición de salir de España.
La acusación popular encabezada por la organización Hazte Oír solicita una pena total de 13 años de prisión para Gómez y seis años para Cristina Álvarez. En sentido contrario, la Fiscalía y las defensas de ambas acusadas sostienen que no se han acreditado los delitos y solicitan su absolución.
La defensa de Gómez ha rechazado que se haya aprovechado de su relación con Pedro Sánchez para obtener beneficios profesionales o influir en autoridades y funcionarios. También sostiene que no obtuvo beneficios económicos derivados de la cátedra investigada. El juez, por su parte, ha considerado que estos argumentos deberán ser valorados durante el juicio.
Tras conocerse la resolución, el Gobierno español reiteró su respaldo a Gómez y calificó la investigación como una “instrucción arbitraria e injusta”. Fuentes del Ejecutivo sostuvieron que su inocencia quedará demostrada durante el proceso judicial. Desde el Partido Popular, en cambio, se defendió que corresponde a los tribunales determinar la existencia o no de responsabilidad penal y se criticaron los señalamientos del Gobierno contra el magistrado.
Peinado adoptó la decisión durante su última semana de trabajo antes de alcanzar la edad máxima prevista para ejercer como juez, el próximo 27 de septiembre. Ahora el procedimiento pasará a la Audiencia Provincial de Madrid, donde deberá establecerse la fecha del juicio y realizarse el proceso de selección de los integrantes del jurado popular.
El proceso supone un nuevo episodio de relevancia judicial y política para el entorno del presidente Pedro Sánchez. A partir de la apertura del juicio oral, corresponderá al tribunal y al jurado valorar las acusaciones, las pruebas presentadas y los argumentos de las defensas antes de determinar si existe responsabilidad penal en los hechos investigados.