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Revés para Noroña: tribunal acredita violencia política de género contra Grecia Quiroz

Por La Revista Peninsular · 7/7/2026 09:28
Revés para Noroña: tribunal acredita violencia política de género contra Grecia Quiroz

El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán resolvió que el senador Gerardo Fernández Noroña cometió violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de Grecia Itzel Quiroz García, presidenta municipal de Uruapan. La determinación fue aprobada por unanimidad durante una sesión pública virtual y derivó de un procedimiento especial sancionador promovido por la alcaldesa tras diversas expresiones realizadas por el legislador en transmisiones y plataformas vinculadas al Senado de la República.

Durante la lectura de los resolutivos, la magistrada presidenta del TEEMich, Amelí Gissel Navarro Lepe, señaló: “Se declara la existencia de la violencia política contra las mujeres en razón de género contra la denunciante”. El tribunal consideró que las manifestaciones denunciadas debían analizarse de manera integral y contextual, tomando en cuenta tanto las circunstancias personales de Quiroz como el ejercicio de su cargo público.

De acuerdo con la resolución, las expresiones atribuidas a Fernández Noroña tuvieron como finalidad demeritar “la imagen y la persona” de la alcaldesa, además de vincular el ejercicio de sus derechos político-electorales con aspectos de carácter personal. Por ello, el órgano jurisdiccional concluyó que los señalamientos excedieron los límites del debate político legítimo y configuraron violencia política de género.

El proyecto, elaborado por la magistrada Yurisha Andrade Morales, sostuvo que las declaraciones cuestionadas buscaban desacreditar el desempeño de Quiroz como servidora pública por la forma en que llegó al cargo, luego del asesinato de su esposo, Carlos Manzo Rodríguez, alcalde de Uruapan y fundador del Movimiento Independiente del Sombrero. Según el análisis del tribunal, el senador pretendió demeritar su gestión al sugerir que su posicionamiento político derivaba de las condiciones en las que fue designada.

Como parte de las medidas de reparación integral, el TEEMich ordenó que Fernández Noroña sea inscrito durante seis meses en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género, una vez que la resolución quede firme. También deberá ofrecer una disculpa pública, acreditar un curso de capacitación en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género y cubrir personalmente los costos correspondientes.

El tribunal también ordenó dar vista a la Mesa Directiva del Senado de la República para que actúe conforme a sus atribuciones. Además, vinculó al Instituto Nacional Electoral y al Instituto Electoral de Michoacán para dar cumplimiento a la resolución.

El caso tuvo su origen en declaraciones realizadas por Fernández Noroña después del asesinato de Carlos Manzo, ocurrido el 1 de noviembre de 2025. Tras ese hecho, el Congreso de Michoacán designó a Grecia Quiroz como presidenta municipal sustituta de Uruapan. Posteriormente, la alcaldesa afirmó que buscaría justicia por el homicidio de su esposo y señaló que Manzo habría sido un fuerte aspirante a la gubernatura de Michoacán en 2027.

Entre las expresiones señaladas dentro del caso, Fernández Noroña afirmó que las acusaciones de Quiroz contra diversos actores políticos tenían un carácter “evidentemente” político y sostuvo que “ya la ambición se le despertó y va por la gubernatura de Michoacán”. También la calificó como una figura respaldada por la derecha y la llamó “fascista”.

En febrero, el Instituto Electoral de Michoacán ya había dictado medidas cautelares para que el senador eliminara o editara contenidos difundidos en su canal de YouTube, al considerar de manera preliminar que algunas expresiones podían constituir violencia política de género. El organismo le ordenó retirar segmentos en los que se refería a Quiroz como “irresponsable”, “fascista” y movida por la “ambición” de buscar la gubernatura, además de abstenerse de realizar actos de molestia, hostigamiento o intimidación en su contra.

Aunque el Tribunal Electoral de Michoacán se había declarado inicialmente incompetente para conocer el caso, bajo el argumento de que Quiroz no fue electa por voto popular, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó esa determinación y ordenó analizar el fondo de la controversia. La Sala concluyó que el hecho de haber sido designada no le impedía acceder a la protección jurídica correspondiente, al ocupar la presidencia municipal.

La resolución aún puede ser impugnada, al tratarse de una determinación de primera instancia. Fernández Noroña tiene la posibilidad de recurrirla ante la Sala Regional Toluca del TEPJF y, eventualmente, ante la Sala Superior. Mientras tanto, el fallo representa un revés político y jurídico para el senador, así como un precedente relevante en la discusión sobre los límites del debate público, la crítica política y la protección de las mujeres que ejercen cargos de representación.

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